
Servicio de ayuda a domicilio de la Junta de Andalucía
El Servicio de Asistencia a Domicilio consta de una serie de actividades de prevención, educación y rehabilitación realizadas en el hogar por profesionales cualificados para apoyar las actividades básicas de la vida diaria que necesita la persona mayor enferma o dependiente
Con el fin de mantener el servicio doméstico de dependientes y mantener el empleo en este lugar de trabajo, se ha adoptado el Plan Extraordinario de Acción Social de Andalucía.
El plan incluye el programa de consolidación de ayudas a domicilio, que incluye traslados a unidades locales andaluzas para potenciar los servicios de asistencia domiciliaria. El objetivo es satisfacer adecuadamente las necesidades de la población dependiente en situaciones de emergencia o dificultades económicas.
Se accede al servicio de ayuda a domicilio financiado por este programa a través de los servicios sociales de la comunidad.
Actuaciones que ofrece el servicio
Atención a las necesidades domésticas o del hogar:
Cuando se trata de comida:
- Prepara la comida en casa.
- Servicio de entrega de comestibles.
- Compra de alimentos por cuenta del usuario.
Cuando se trata de ropa o vestimenta:
1. Cuarto de lavado en casa y exterior.
2. Revise y clasifique la ropa.
3. Planchado de ropa en casa y en el extranjero.
4. Compra de ropa por cuenta del usuario.
Cuando se trata del mantenimiento de la casa:
1. Limpieza diaria y general, salvo necesidades especiales, cuando esta tarea sea especificada por el personal técnico responsable del servicio.
2. Pequeñas tareas del hogar que la persona solo haría en condiciones normales y que no están sujetas a ninguna otra ocupación.
Actuaciones de carácter personal:
Relacionadas con la higiene personal:
- Planificación y educación de hábitos de higiene.
- Aseo e higiene personal.
- Ayuda en el vestir.
Relacionadas con la ingesta y hábitos alimentarios:
- Ayuda o dar de comer y beber.
- Control de la alimentación y educación sobre hábitos alimentarios.
Relacionadas con la movilidad:
- Ayuda para levantarse y acostarse.
- Ayuda para realizar cambios posturales.
- Ayuda para la movilidad dentro del hogar.
Relacionadas con cuidados especiales:
- Apoyo en situaciones de incontinencia.
- Orientación temporal y espacial.
- Control de la administración del tratamiento médico en coordinación con los equipos de salud.
- Asistencia y acompañamiento nocturnos (vela).
De ayuda en la vida familiar y social:
- Acompañamiento dentro y fuera del domicilio.
- Apoyo a la organización doméstica.
- Actividades de ocio dentro del domicilio.
- Actividades de fomento de la participación en su comunidad y en actividades de ocio y tiempo libre.
- Ayuda a la adquisición y desarrollo de habilidades, capacidades y hábitos personales y de convivencia.
Intensidad del servicio
La duración del servicio será variable en función de la situación sociofamiliar, de las necesidades de la persona en situación de dependencia para hacer posible su permanencia en el hogar y de la intensidad del servicio que corresponda a la persona según su grado de dependencia y los servicios compatibles prescritos.
Teniendo en cuenta la reciente eliminación de los niveles de dependencia, operada por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, las intensidades horarias mensuales del servicio se ajustarán a los siguientes intervalos, en función de cada caso particular en el momento de la entrada en vigor de esta modificación, el 15 de julio de 2012:
Para aquellas personas que en el momento de la entrada en vigor de la norma ya tuvieran reconocido grado y nivel de dependencia sin que se les hubiera reconocido la prestación:
. Grado III nivel 2: entre 56 y 70 horas/mes
. Grado III nivel 1: entre 46 y 55 horas/mes
. Grado II nivel 2: entre 31 y 45 horas/mes
. Grado II nivel 1: entre 21 y 30 horas/mes
. Grado I, niveles 1 y 2: máximo 20 horas/mes*
Para quienes no tuvieran reconocida la situación de dependencia en dicha fecha:
. Grado III: entre 46 y 70 horas/mes
. Grado II: entre 21 y 45 horas/mes
. Grado I: máximo 20 horas/mes*
(*) Efectividad del derecho demorada hasta julio de 2015, por el calendario de aplicación progresiva de la Ley de dependencia.
La intensidad del servicio en los casos en los que sea compatible con el Servicio de Centro de Día será como máximo de 22 horas mensuales, de lunes a viernes, con objeto de facilitarles la asistencia al Centro de Día.
Perfil de persona a la que está destinado
Para poder solicitar el Servicio de Ayuda a Domicilio es necesario que la persona en situación de dependencia viva en un domicilio particular.
Régimen de compatibilidad
El Servicio de Ayuda a Domicilio será incompatible con todos los servicios y prestaciones, con excepción del de Teleasistencia y del Servicio de Centro de Día, o en su defecto, la prestación económica vinculada a este servicio, en los casos que se determine y con carácter complementario.
En el Programa Individual de Atención de aquellas personas reconocidas en situación de Gran Dependencia o en situación de Dependencia Severa en el que se establezca el Servicio de Centro de Día o la prestación económica vinculada al mismo y el Servicio de Ayuda a Domicilio, la intensidad de éste será como máximo de 22 horas mensuales, de lunes a viernes, con objeto de facilitarles la asistencia al Centro de Día.
Criterios de participación en su financiación
La participación en la financiación del servicio por parte de la persona usuaria está condicionada por su capacidad económica personal en los términos previstos en las disposiciones vigentes.
Servicio de Ayuda a Domicilio para Personas Mayores y Personas con Discapacidad – Comunidad de Madrid
Servicio de Ayuda a Domicilio para Personas con Dependencia o Dependientes Discapacitados
El servicio tiene como objetivo la prestación de cuidados personales y / o domésticos a las personas mayores y discapacitadas que los necesiten para favorecer su independencia y autonomía personal. El objetivo es preservar el medio ambiente y mejorar la calidad de vida. La atención es brindada por especialistas capacitados como trabajadores domésticos.
Las ventajas o prestaciones que se ofrecen:
– Higiene personal: Asistencia de higiene personal, asistencia de movilización interna, asistencia de medicación, asistencia alimentaria para quienes no pueden hacerlo por sí mismos, asistencia específica en el exterior, acompañamientos puntuales fuera del hogar, recogidas y tramitación de facturas o documentos.
– Limpieza: La limpieza o asistencia en la limpieza diaria de la casa, lavado, planchado y ordenación de la ropa en la casa, adquisición de alimentos y otros productos básicos por cuenta del usuario, preparación de comidas, mantenimiento de utensilios domésticos básicos del hogar.
¿A quién va dirigido?
Personas que han cumplido 65 años, o menores de esa edad con discapacidad, empadronados en el muncipio de Madrid, que cumplan los requisitos recogidos en la ordenanza municipal de 29 de julio de 2009.
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- ATENCIÓN EN HOSPITALIZACIONES
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- CUIDADOS PALIATIVOS
- HIGIENE PERSONAL
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- ESTIMULACIÓN COGNITIVA
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Cuidados en Casa, a Domicilio, Hogar o Vivienda trabaja para Andalucía y la Comunicada de Madrid
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